La Pontificia Universidad Católica del Perú manifiesta su posición oficialmente en la defensa de su derecho a la propiedad y la autonomía universitaria.
1. Don José de la Riva Agüero y Osma, político y pensador ilustre, hizo cinco documentos testamentarios sucesivos, que son de carácter público y pueden ser consultados en Registros Públicos de Lima Título Archivado N° 2897 de fecha 20 de diciembre de 1946.
2. En la cláusula decimoséptima del testamento cerrado del 3 de diciembre de 1933, don José de la Riva Agüero dice lo siguiente: “Instituyo por mi heredera a la Universidad Católica del Perú, la que tendrá el usufructo de mis bienes recibiendo sus productos de la junta administradora; y los adquirirá en propiedad absoluta dicha Universidad Católica del Perú, entregándoselos la junta administradora, sólo si la Universidad Católica existiera el vigésimo año contando desde el día de mi fallecimiento”.
La expresión propiedad absoluta significa que el propietario tiene todos los poderes de la propiedad, de manera plena, sin recortes ni limitaciones. A los veinte años del fallecimiento de don José de la Riva Agüero, en 1964, la Universidad Católica respetando su voluntad se convierte en propietaria de sus bienes.
3. En su testamento cerrado del 3 de diciembre de 1933, don José de la Riva Agüero también se puso en el caso que la Universidad Católica no existiera a los veinte años de su muerte o no pudiera ser reabierta dentro del año siguiente a este plazo. En tal caso, en la cláusula vigésimo primera, dice que sus bienes pasarían en una mitad “a la Fundación de becas de peruanos en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Católica de Lovaina” y en la otra mitad “al Colegio Pío Latino Americano de Roma”.
4. En la cláusula quinta del testamento ológrafo del 1 de septiembre de 1938, don José de la Riva Agüero dispuso lo siguiente:
“Para el sostenimiento de la Universidad Católica de Lima, a la que instituyo por principal heredera, y para los demás encargos, legados y mandas, que en mis testamentos cerrados establezco pongo como en condición insubstituible y nombro como administradora perpetua de mis bienes, una junta que será al propio tiempo la de mi albaceazgo mancomunado, por indeterminado plazo, que se lo concedo y prorrogo de modo expreso (…)
Si por cualquier caso o disposición legal, no pudiere heredar la Universidad Católica, la misma junta antedicha será la fundación que me heredará, conforme a lo dispuesto en los artículos sesenticuatro y siguientes del Código Civil y atenderá a los fines que en este testamento y en el vigente anterior señalado”.
En 1938, don José de la Riva Agüero se pone, nuevamente, en la hipótesis de que la Universidad no existiera veinte años después de su muerte. En tal caso, dice, será la Junta Administradora la que lo heredará como fundación y esa es una de las razones por las que la hace perpetua. Otra razón para darle el carácter de perpetuidad es haber nombrado a esta Junta Administradora para ocuparse de “los demás encargos, legados y mandas”. Es la tarea que le queda ahora, como se puede apreciar de las disposiciones testamentarias citadas.
5. La pretensión de que la Junta de Administración perpetua administre y decida sobre los bienes de la herencia es inconstitucional porque afecta la autonomía de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Esta pretensión se manifiesta a través del requerimiento hecho por el miembro de esta junta, nombrado por el señor cardenal, de informes contables, auditorías y autorizaciones de disposición de bienes que ya aprobó e hizo la Universidad como propietaria de sus recursos y bienes, y de acuerdo con la Ley Universitaria. En ningún pasaje de los testamentos de don José de la Riva Agüero se establece que la Universidad quedará sometida a las decisiones de la Junta Administradora, lo cual es perfectamente lógico si se considera que este insigne intelectual peruano fue un maestro que sabía mucho de autonomía universitaria.
6. Los recursos que don José de la Riva Agüero donó a la Universidad han sido la base para establecer el importante patrimonio que hoy tiene, gracias a cuidadosas gestiones rectorales, lo que ha permitido convertir a la Pontificia Universidad Católica del Perú en una de las más destacadas y modernas de América Latina según reconocimiento internacional.
La política de pensiones de la Universidad permite que cientos de estudiantes que no hubieran podido pagar una formación profesional de alto nivel, accedan a ella en su campus. En sus escalas de pensiones más bajas, además, están considerados miles de estudiantes que pagan en la Universidad menos que en muchos colegios secundarios, varios de ellos de carácter religioso. La Universidad, con recursos propios, financia en un tercio la educación que brinda a sus estudiantes.
Por otra parte, cabe precisar que la Universidad no tiene “algunos sueldos altos”, como dijo públicamente el señor cardenal en el referido programa. Estudios independientes y de conocimiento público señalan que la Pontificia Universidad Católica del Perú no paga los sueldos más altos del medio.
La comunidad universitaria mantendrá esa administración en beneficio de la formación de miles de peruanos y del desarrollo del Perú.
La Pontificia Universidad Católica del Perú considera que este asunto debe mantenerse dentro del ámbito legal que le corresponde, por lo cual interpuso una demanda de amparo ante el Poder Judicial para que éste hiciera respetar y protegiera el derecho constitucional de propiedad que tiene la Universidad sobre los bienes heredados de don José de la Riva Agüero, así como su derecho constitucional a la autonomía universitaria. Lamenta, asimismo, que haya sido tratado de manera imprecisa ante el público en general, dando lugar a una serie de rumores y versiones que se ve en la necesidad de aclarar. Al cumplir 90 años de vida institucional, la Pontificia Universidad Católica del Perú se mantiene fiel a sus principios y renueva el compromiso con el que fue fundada en 1917 como una comunidad de maestros, alumnos y graduados dedicada a los fines esenciales de una institución universitaria católica: ofrecer una formación académica humanista y cristiana del más alto nivel, ser un espacio plural de reflexión, pensamiento crítico e investigación permanente, y trabajar por alcanzar una sociedad justa y solidaria.
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ
Lima, 25 de marzo del 2007
Tomado de: http://www.pucp.edu.pe



“… a la Pontificia Universidad Católica del Perú en una de las más destacadas y modernas de América Latina según reconocimiento internacional.” Era de esperarse una respuesta parecida, y es que todos conocemos a la PUCP, estudiemos o no en ella, seria ilogico pensar o discutir alguna falla legal, siendo una institucion de prestigio y calidad. Señor Cardenal, preocupese en sus tareas como tal, digale a su chofer que lo lleve a un pueblo joven y alimente a un grupo de niños, en vez de ansiar el poder, que luego Benedicto no lo querra confesar.
Comment by Pontificio — March 29, 2007 @ 10:38 pm
Más allá de todo lo expuesto por ambas partes, parece que el REAL INTERÉS es ECONÓMICO!!! El tiempo lo dira…
Comment by milanta — March 29, 2007 @ 10:44 pm